El Ministerio de Defensa aprobó el Reglamento de la Ley del Servicio Militar, según consigna un Decreto Supremo publicado hoy en las Normas Legales del diario oficial El Peruano.
El Reglamento, que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, tiene por objeto establecer las normas y procedimientos para la aplicación de esta ley y sus modificatorias.
Entre los puntos que aborda el reglamento destaca el sorteo para cubrir las plazas requeridas por las Instituciones Armadas que, según se indica, se realizará por la dependencia de Movilización y Reservas de casa arma y con presencia de un notario público.
En el sorteo se elegirá a un titular y dos suplentes por cada plaza a ser sorteada. Quienes sean seleccionados para el servicio miliar acuartelado están obligados a presentarse a la unidad militar en la fecha que casa oficina haga conocer.
Los elegidos por sorteo que no se presenten a las dependencias indicadas, serán sancionados con una multa de 50 % de la UIT vigente. Además, se refiere que en tanto no se cancele la deuda se suspenderán los efectos legales del DNI, quedando a salvo "solo el valor identificatorio del mismo".
Según el reglamento, quienes queden exceptuados de prestar el Servicio Militar Acuarteladopese a salir sorteados serán:
- Los que adolecen de discapacidad física o mental grave o permanente.
- Los que cumplen pena privativa de la libertad.
- Los que acrediten que ser responsables del sostenimiento del hogar.
- Los que se encuentren cursando estudios universitarios.
- Quienes se encuentren prestando servicio social voluntario a la comunidad.
- Los residentes en el extranjero.
Otro de los puntos a destacar es la Libreta Militar, que es el documento que, valga la redundancia, acredita la situación militar en la reserva y se otorga de manera gratuita por primera vez "a los ciudadanos que hayan prestado y culminado el Servicio Militar en el Activo".
Cabe precisar que el citado decreto lleva las firmas del presidente Ollanta Humala y del ministro de Defensa, Pedro Cateriano.
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